PRÓRROGA DE PAGO EN CUOTAS DE CRÉDITOS*
Por el bien de todos y ante la emergencia que enfrentamos con el COVID-19, COOPESERVIDORES (CS) ha definido la siguiente medida para contribuir con el bienestar económico de nuestros asociados y sus familias:

Todos los asociados de COOPESERVIDORES con un crédito activo cuya fecha de formalización sea anterior al 31 de enero de 2020, no pagarán las próximas tres cuotas (correspondientes a los días 5 de abril, 5 de mayo y 5 de junio), reanudando sus pagos a partir del mes de julio. Este período de gracia aplica para amortización, intereses y seguros ligados al crédito.

Además, CS hará una ampliación del plazo de estas operaciones de crédito, para que los asociados no vean aumentado el monto de la cuota mensual, a partir de la reanudación de los pagos. 

Los asociados no tendrán que hacer ninguna gestión para recibir este beneficio, ya que será aplicado de forma automática a todos los créditos.

Si NO deseás acogerte a este beneficio y deseás seguir pagando tu crédito de forma normal, por favor llená el siguiente formulario.

Recomendamos a los asociados que no han visto afectados sus ingresos mantener su plan de pagos habitual.

 
IMPORTANTE:

Para los asociados que pagan sus créditos vía rebajo de planilla o vía deducción SINPE, por ser procesos que se realizan un mes antes del vencimiento de la cuota (por ejemplo: en marzo, se hizo la deducción de la cuota a pagar el 5 de abril), los asociados que se encuentren al día podrán decidir aplicar esa suma a la cuota del crédito o que les sea depositado en su cuenta de ahorros a la vista con CS.

Si preferís que el dinero se deposite en tu cuenta de ahorro, no deberás realizar ninguna gestión adicional, la suma te será acreditada en tu cuenta el 5 de abril. Te recomendamos utilizar CS Móvil, CS en Línea y tu tarjeta de débito directamente en el comercio para disponer de esa suma.
*Las sumas correspondientes a cuota de capital social, CS Bienestar y ahorros voluntarios serán deducidas con normalidad. Este beneficio no aplica para operaciones formalizadas a partir del 1 de febrero, operaciones back-to-back, operaciones que a la fecha se encuentren en cobro judicial o que tengan más de 90 días de atraso o cuya fecha de vencimiento sea en los próximos seis meses.